La orden 8491/1998 de 30 de noviembre de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCAM el 28 de diciembre de 1998 establece la obligatoriedad de que todos los caballos con residencia habitual o temporal en el ámbito territorial del Comunidad de Madrid estén identificados y registrados. Para ello se crean dos registros:
Registro de Establecimientos para le Equitación
Registro Oficial de Équidos
Ambos registros son gestionados por el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, con una serie de requisitos.
Veterinario colaborador de équidos
El veterinario colegiado y en ejercicio que desee participar como colaborador en identificación de équidos, requisito imprescindible para realizar la identificación, deberá:
Rellenar la instancia de solicitud de Colaborador, que se consigue de forma gratuita en la sede del Colegio.
Demostrar el ejercicio activo de la profesión, presentando cualquiera de los siguientes documentos:
Contrato de trabajo
Impuesto de Actividades Económicas
Último pago/alta de autónomo
Demostrar que se está en posesión de un lector qe cumpla las normas ISO (lector de 15 dígitos), mediante:
Factura
Albarán
Escrito incluyendo el número del lector
Una vez entregada la documentación se le incluirá en la lista de veterinarios colaboradores, con la asignación de un número de colaborador.
Identificación
El Colegio proporciona el Impreso de Recogida de Datos para la identificación de équidos, sin embargo el material será proporcionado por la casa comercial de su elección.
Después de implantar el microchip y cumplimentar el Impreso de Recogida de Datos queda por triplicado:
Ejemplar para el Propietario
Ejemplar para el Veterinario
Ejemplar para la Base de Datos del Colegio
Aquellos équidos que tuvieran implantado un microchip con anterioridad a la normativa que dispuso su obligatoriedad únicamente llenaran el Impreso de Recogida de Datos, con el número de identificación que ya portan.
Además de la identificación la propia orden establece la obligatoriedad de notificar a la base de datos los traslados del animal, así como el fallecimiento.
Cambio de propietario
Desde febrero de 2001el Colegio Oficial de Veterinarios también ofrece la posibilidad de registrar los cambios de propietario. El documento necesario se puede recoger de forma gratuita en la sede del Colegio.
Registro de Establecimientos para la Equitación
Con el mismo número de colaborador se lleva a cabo el Registro de Establecimientos para la Equitación, un registro que utiliza el Servicio de Ganadería y Protección Animal, Consejería de Medio Ambiente de la CAM. El impreso también se puede adquirir en la sede del Colegio.
En este registro se establecen:
El tipo de explotación
Instalaciones
Propietarios
Especies acogidas
Programa de higiene y profilaxis
Programa de manejo
Programa de desinfección, desinsectación y desratización
Condiciones higiénico sanitarias
Gestión del estiércol
Al igual que en la identificación el documento se guarda por triplicado:
Ejemplar para el Propietario
Ejemplar para el Veterinario
Ejemplar para la Base de Datos del Colegio
Documentación básica
1.- Veterinario colaborador de équidos
Instancia
Demostración del ejercicio
de la profesión
Demostración de posesión
de lector
2.- Impreso de recogida de datos
de identificación
3.- Impreso de cambio de propietario
4.- Impreso de registro
de establecimientos
Tanto el Registro Oficial de Équidos como el Registro Oficial de Establecimientos para el Equitación son gestionados por el Colegio, sin embargo, los datos pertenecen a la Comunidad de Madrid.